Viajes: ¿Qué se puede traer del exterior sin tener que pagar impuestos?

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Si vas a viajar al exterior es importante que declares tu equipaje antes de abordar. Descubrí también por qué es clave que guardes las facturas de los consumos que realices mientras estás fuera del país

Viajar a otros países siempre es una buena opción si la idea es disfrutar mientras se conocen otras culturas. Con la llegada de las vacaciones este plan se vuelve ideal y millares de argentinos arman sus valijas con una sola idea: visitar nuevos destinos. Ahora bien: ¿Qué productos se pueden traer sin pagar impuestos y cuánto se deberá abonar en caso de exceder esos límites?

Como primera medida a tener en cuenta es imprescindible declarar y exhibir los productos de origen extranjero en la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) antes de que inicie el viaje. Si esta operación no se hace es probable que haya que pagar aranceles una vez que se retorne al país y se intente ingresar con los mismos.

Para realizar la declaración se debe rellenar el formulario OM 121 de forma impresa o virtualmente. Allí hay que realizar una lista de los artículos de origen extranjero con los que se va a viajar y también se especifica la marca, el número de serie y otros datos.

Una vez que se retorna al país todo el equipaje es sometido a una revisión en la Aduana. Es en ese momento en el que el pasajero debe presentar las facturas con los productos adquiridos en el exterior. En el caso de no contar con dichos comprobantes el pasajero deberá abonar un impuesto basado sobre un precio estimado mayor al que se pagó.

Entre los artículos que está permitido ingresar sin tener que pagar impuestos se encuentran:

  • un teléfono celular y una notebook o tablet por persona
  • los artículos declarados antes de salir
  • la ropa
  • objetos personales usados

También es importante conocer los límites existentes a la hora de ingresar al país con productos importados que no superen cierto valores. Ellos son:

  • Por vía aérea y marítima: un límite de US$500, con una franquicia extra de US$500 para los productos adquiridos en el free shop
  • Por vía terrestre o por río: un tope de US$300 y no existe la franquicia extra, excepto en Puerto Iguazú.

En el caso de que el objeto ingresado supere el monto permitido, se deberá pagar un 50 % del excedente. Si se ingresara, por ejemplo, con una tablet de US$700 el excedente sería de US$200, por lo que se deberá abonar US$100. El pago puede realizarse en  en pesos, con efectivo o tarjeta, y se calcula por el tipo de cambio oficial.